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Aspectos importantes sobre el Recurso de Retardación contra DGII

11/17/2016

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Cuando las personas o empresas son objetos de ajustes o estimaciones por parte de DGII, el responsable suele recurrir en Reconsideración y esperar la decisión de la administración sin ninguna objeción y como si fuese una prerrogativa de la administración durar cuanto tiempo considere para fallar un Recurso de Reconsideración. En nuestra experiencia hemos visto que DGII puede tardar hasta dos años para fallar y notificar un acto de Resolución de Reconsideración.

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​Los actos de DGII se presumen válidos

11/9/2016

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En Derecho Administrativo uno de los principios básicos es la presunción de validez de los actos administrativos. En materia de Derecho Civil, si nos encontramos ante un contrato firmado y existe un incumplimiento de una de las partes, pues la persona afectada y que desea justicia, debe acudir ante un Tribunal Civil para que éste reconozca el incumplimiento y condene a la parte incumplidora a resarcir los daños. Para lograr esto, la persona afectada debe demostrar al Tribunal con argumentos y pruebas fehacientes que existe un contrato y que ha sido incumplido. La decisión final la declara el Tribunal en una sentencia.

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DGII puede embargar tus cuentas bancarias

11/2/2016

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​Se trata de una acción conservatoria, comúnmente conocida como embargo retentivo (u oposición), es decir busca que un contribuyente que tiene un conflicto económico con la administración tributaria, no distraiga todo el dinero de sus cuentas y de este modo se evita que la administración esté imposibilitada para efectuar el cobro de una deuda tributaria exigible.

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Los factores determinantes de la comparabilidad en los Precios de Transferencia

11/1/2016

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Escrito por Franklyn Hernández Bretón en el marco del Curso Precios de Transferencia, segunda edición; Centro Interamericano de Administraciones Tributarias CIAT
 
El punto D.1.2. de las Directrices OCDE sobre Precios de Transferencia 2010 y que tiene por título “Los factores determinantes de la comparabilidad” desarrolla una serie de conceptos que deben tomarse en cuenta para realizar un análisis de comparabilidad en el marco de un Estudio de Precios de Transferencia. En la normativa dominicana y en específico al Párrafo IV del artículo 281 del Código Tributario, se transcribieron los mismos 5 factores que desarrollan ampliamente las Directrices de la OCDE.

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    Franklyn José Hernández Bretón 

    Abogado especialista en Derecho Administrativo 

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