La opción que tiene el contribuyente para atacar esta realidad es el Recurso de Retardación. Curiosamente las empresas y sus abogados no utilizan este Recurso porque la costumbre (posiblemente por desconocimiento) suele ser impugnar el acto de Reconsideración de DGII.
Lo que permite este Recurso es apoderar el Tribunal antes de que se emita el acto sobre Reconsideración y así evitar que el tiempo transcurra en contra del contribuyente. Las discusiones jurisprudenciales sobre la Retardación son muy específicas y es necesario evaluar cada caso para saber si procede o no un Recurso de Retardación. Una discusión bastante frecuente en las sentencia, por ejemplo, es sobre el plazo para su interposición en el sentido que muchos piensan que este Recurso se debe interponer en el plazo específico luego del plazo de 3 meses para conocer el Recurso de Reconsideración, mientras que otros debaten si se trata de un plazo abierto luego de los 3 meses. Otra discusión es el alcance de la “avocación” que tiene lugar en este Recurso y cómo debe considerarse.
Para concluir, queremos expresar que todo conflicto con DGII debe planificarse desde el momento en que se recibe el Acta de Determinación o Estimación, y estudiar estratégicamente qué es lo más conveniente. El Recurso de Retardación ofrece muchas oportunidades, sin embargo debe interponerse respetando los requisitos y estudiando los precedentes que existen para así no caer en una inadmisibilidad de forma inocente. Hacemos hincapié en la necesidad de estudiar los precedentes jurisprudenciales porque estudiar solamente la ley puede traer confusiones.
Lic. Franklyn Hernández Bretón