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​Sentencia de la SCJ sobre la motivación suficiente en materia de impuestos

3/2/2016

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La sentencia No.624, de la Suprema Corte de Justicia dominicana y de fecha 2 de Diciembre de 2015, aborda el tema de la falta de motivación como motivo de casación de las sentencias del Tribunal Superior Administrativo.  

En el caso descrito en la sentencia, la SCJ dictaminó que los jueces de la Corte a-quo no se preocuparon por examinar y dar una motivación fundamentada en todas las pruebas aportadas por ambas partes del proceso contencioso, y el tribunal sólo dio aquiescencia a los razonamientos de la administración tributaria en contra del contribuyente sin dar explicaciones detalladas; por ello la sentencia fue casada con envío. A continuación el párrafo principal de la sentencia en el aspecto referido a la motivación:
“Considerando, que los motivos expuestos precedentemente revelan la falta de instrucción y de valoración de los elementos de prueba aportados al proceso lo que originó que esta sentencia carezca de motivos suficientes y pertinentes que la respalden y que permitan apreciar que los jueces que dictaron este fallo hicieron una razonable aplicación del derecho sobre los hechos por ellos juzgados; que esta falta de motivación se evidencia cuando al examinar esta sentencia se advierte que la misma se limita a reproducir las razones aducidas por la Administración Tributaria para negarle a la hoy recurrente su derecho de aplicar la deducción en el ejercicio fiscal 2011 de la renta imponible en el porcentaje permitido por el artículo 50 de la Ley núm. 392-07 sobre Competitividad e Innovación Industrial, sin advertir dichos jueces que este acto administrativo desestimatorio expedido por la Autoridad Fiscal no contenía las razones validas que justificaran el cambio de criterio por parte de la Dirección General de Impuestos Internos, máxime cuando en la propia sentencia recurrida se hizo constar que frente a una solicitud similar formulada por la hoy recurrente con respecto al ejercicio fiscal 2010, la misma fue acogida por la autoridad fiscal al ser la hoy recurrente beneficiaria de estos incentivos según calificación expedida por la autoridad estatal competente, como lo es Pro-industria y avalado por la propia autoridad fiscal;”

Nuestra opinión

Uno de los temas en boga a la fecha del Tribunal Constitucional y de la misma SCJ es la motivación suficiente de las sentencias.

Nosotros hemos criticado en reiteradas ocasiones que los tribunales dominicanos que conocen asuntos de impuestos no abundan en sus motivaciones y sólo se limitan a acoger o no los pedimentos de las partes, sin explicar con especificidad y en base a las pruebas aportadas, el cómo han llegado a sus conclusiones y fallo. Cuando los tribunales se auxilian de peritos tributarios, en varias sentencias hemos leído la idea: “el perito estima improcedente x argumento en virtud de que los soportes contables no corroboran lo mismo”, sin embargo esto no es un argumento suficiente para motivar una sentencia porque la parte afectada por ese criterio no puede saber con claridad cómo ha analizado el juez y el perito tributario las pruebas dadas, porque no hay una explicación específica sino abstracta.
​

Este es un problema que nosotros intuimos viene dada de la preparación misma de los jueces, y es que la materia tributaria necesita jueces especialistas en tributos y no generalistas.
1 Comentario
Jose Antonio Cespedes Mendez
3/16/2018 07:02:26 pm

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