En el caso descrito en la sentencia, la SCJ dictaminó que los jueces de la Corte a-quo no se preocuparon por examinar y dar una motivación fundamentada en todas las pruebas aportadas por ambas partes del proceso contencioso, y el tribunal sólo dio aquiescencia a los razonamientos de la administración tributaria en contra del contribuyente sin dar explicaciones detalladas; por ello la sentencia fue casada con envío. A continuación el párrafo principal de la sentencia en el aspecto referido a la motivación:
Nuestra opinión
Uno de los temas en boga a la fecha del Tribunal Constitucional y de la misma SCJ es la motivación suficiente de las sentencias.
Nosotros hemos criticado en reiteradas ocasiones que los tribunales dominicanos que conocen asuntos de impuestos no abundan en sus motivaciones y sólo se limitan a acoger o no los pedimentos de las partes, sin explicar con especificidad y en base a las pruebas aportadas, el cómo han llegado a sus conclusiones y fallo. Cuando los tribunales se auxilian de peritos tributarios, en varias sentencias hemos leído la idea: “el perito estima improcedente x argumento en virtud de que los soportes contables no corroboran lo mismo”, sin embargo esto no es un argumento suficiente para motivar una sentencia porque la parte afectada por ese criterio no puede saber con claridad cómo ha analizado el juez y el perito tributario las pruebas dadas, porque no hay una explicación específica sino abstracta.
Este es un problema que nosotros intuimos viene dada de la preparación misma de los jueces, y es que la materia tributaria necesita jueces especialistas en tributos y no generalistas.