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​Recurso Jerárquico tributario y ley 107-13

5/19/2016

1 Comentario

 
Una de las discusiones actuales en materia de recursos administrativo contra la DGII es lo relativo al recurso jerárquico establecido en la ley 107-13. Como bien se sabe, la ley 227-06 eliminó el Recurso Jerárquico y la discusión ahora es si la ley 107-13 reabre la posibilidad de dicho recurso.
De antemano, lo primero que se debe entender es que la respuesta sobre la procedencia del Recurso Jerárquico es controvertida, es decir no hay un criterio bien claro y en este sentido será función de la Suprema Corte en atribuciones de Casación, establecer  la última palabra y con autoridad plena sobre si procede o no dicho recurso. Esta misma situación  suele pasar en todas las materias del derecho cuando se crean leyes nuevas y no queda establecido con claridad las disposiciones que son derogadas y las que siguen vigentes. En realidad se trata de una mala técnica legislativa porque la ley siempre debe evitar traer caos por su vaga redacción.
 
Nuestra opinión profesional del tema es la siguiente:
 
La discusión se trata del siguiente aspecto: El Recurso Jerárquico planteado en la ley 107-13 sobre Procedimiento Administrativo procede solamente para con los actos administrativos de aquellas instituciones que están bajo el control Jerárquico de otra, es decir la ley 107-13 no dispone que de facto existe la posibilidad siempre de un Recurso Jerárquico sino que supedita la procedencia de este recurso a la existencia de “control jerárquico”. Citamos "Artículo 54. Recurso jerárquico. Contra los actos dictados por órganos sujetos al control jerárquico de otros superiores podrá interponerse recurso jerárquico, sin que sea necesario haber deducido previamente recurso de reconsideración".  Entonces la próxima pregunta conviene analizar ¿la DGII está sometida a un superior Jerárquico o no está sometida? La respuesta debe conducirnos a pensar que si está sometida a un Superior Jerárquico, pues procede el citado recurso, de lo contrario no le es aplicable.
 
Cuando revisamos los artículos y disposiciones de la ley No.227-06, de fecha 19 de junio del 2006, nos podemos confundir. Por un lado se establece que la DGII tiene autonomía en todos los órdenes y en otra disposición dice que estará bajo la “vigilancia del Ministerio de Hacienda”. Cuando surgen estas confusiones debemos remitirnos a los CONSIDERANDO de la ley y buscar si podemos aclarar nuestras dudas. En este orden de ideas si leemos los CONSIDERANDO quinto y sexto de la ley No.227-06 podemos verificar que la verdadera intención y deseo del legislador es que la DGII ejerza sus atribuciones sin que pueda intervenir ninguna Institución Jerárquicamente superior:

CONSIDERANDO: Que esta perspectiva hace necesario otorgar a la DGII autonomía funcional y financiera e impulsar su proceso de modernización para estar acorde con las exigencias que se le plantean a mediano y largo plazo; CONSIDERANDO: Que estos objetivos son difíciles de lograr en una institución sometida al control jerárquico y a la intermediación en todas sus iniciativas.

Cuando se lee que la misión de la DGII es difícil de lograr cuando existe un “control jerárquico” pues se evidencia que el objeto de la ley 227-06  es que DGII no tenga el mencionado control jerárquico. De este modo se concluye que DGII no tiene un superior jerárquico en el Ministerio de Hacienda; la ley 227-06 lo que realmente dispone es que el Ministerio de Hacienda ejerza una labor de sui generis de “Vigilancia”, sin embargo el Ministerios de Hacienda no tiene la facultad legal de variar una decisión de la DGII.
 
Por estos motivos, somos de criterio de que no aplica el Recurso Jerárquico en materia de impuestos en la República Dominicana.


1 Comentario
TEODOCIO RAFAEL VERAS RODRIGUEZ link
9/1/2019 10:32:42 am

De tal analísis se estila que en los casos de instituciones que no tienen superior gerárquico, lo que procede es el recurso de reconsideración.

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