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Pacto fiscal y el concepto de elasticidad

7/8/2016

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En vísperas del pacto fiscal que se avecina, son muchos los comentarios de políticos y comunicadores haciendo hincapié en que un nuevo paquete de reformas sobre los tributos debe afectar lo menos posible a los que menos tienen, y por otro lado se debe aumentar la recaudación sobre aquellos que tienen mayor poder adquisitivo. Este planteamiento lleva a realizar algunas inferencias que no obedecen a un razonamiento económico válido.
Muchos piensan que si el gobierno les quita todas las exenciones a un sector específico sobre los impuestos directos, entonces ello es un acto de justicia tributaria porque los que tienen más dinero ya no se beneficiarían de la exención tal sobre su patrimonio o renta. Por otra parte, se expresa que aumentar impuestos indirectos es un abuso contra los menos pudientes porque dichos impuestos recaen sobre los consumidores. Dichas afirmaciones no necesariamente son correctas y para tener una mayor propiedad en el asunto debe analizarse el concepto de elasticidad en materia económica. A continuación damos una explicación a partir de ejemplos:
 
Nota. No es interés de este artículo dar una explicación muy técnica del asunto como suele proporcionarse en artículos de economía. Estos ejemplos tienen un fin didáctico y para un público no familiarizado con el tema. Para profundizar en el entendimiento de la elasticidad remitimos a la obra del autor citado.
 
Estos son dos ejemplos de aplicaciones del concepto económico de la elasticidad y sus variantes. Gregory Mankiw define elasticidad como “una medida de respuesta de la cantidad demandada o de la cantidad ofrecida ante un cambio en uno de sus determinantes.”[1]
 
 Primer ejemplo.
Imaginemos que una empresa vende piezas de vehículos y luego del cierre fiscal debe pagar un 27% de impuesto sobre los beneficios que obtenga. El gobierno decide, en una reforma tributaria, aumentar el impuesto sobre la renta de 27% a 30%. No modifica la tasa del Itbis, y con esta medida pretende no lesionar la economía consumidor final. Resulta que el dueño de la empresa observa que ahora tiene menos ganancias que antes y no está contento, por lo que realiza el siguiente análisis y dice: ya que han aumentado la tasa del impuesto sobre la renta, voy a aumentar el precio de las piezas que vendo, de esta forma puedo seguir ganando lo mismo que antes, y lo puedo hacer porque el mercado me lo permite, es decir las personas no van a dejar de comprar mis piezas de vehículos porque les aumente el precio un poco.

Finalmente la empresa aumenta el precio de las piezas y los consumidores siguen comprando…esto nos lleva a la conclusión de que aunque se aumentó la tasa del impuesto sobre la renta, el cual es un impuesto directo, quien terminó pagando el aumento fue el consumidor final, no la empresa.

 
Segundo ejemplo
Ahora concibamos una empresa que vende lapiceros revestidos de oro. Cuando una persona compra uno de estos lapiceros debe pagar Itbis. El gobierno, en una reforma tributaria, decide que las personas que compran lapiceros de lujo deben pagar una tasa de Itbis mucho más elevada que el pueblo común, ya que tienen mayor poder adquisitivo, entonces decide elevar la tasa del Itbis de un 18% a un 22% a quienes compren lapiceros de oro.

Cuando se aplica la nueva tasa del Itbis, la empresa que vende lapiceros observa que sus ventas empiezan a disminuir, es decir los compradores habituales han pensado de la siguiente forma: con este nuevo precio de los lapiceros (precio aumentado por el Itbis), no me resulta tan atractivo comprar uno, puedo mejor comprar otro artículo también de lujo pero menos costoso… además no es una necesidad tener uno de estos lapiceros.

En vista de esto, la empresa tiene que tomar la medida de reducir el precio de los lapiceros para que siga manteniéndose el mismo precio que antes, dígase que va a dejar de percibir beneficios con el objeto de que la nueva tasa del Itbis no sea capaz de variar el precio final de los lapiceros, de este modo los consumidores de lapiceros no se desincentivaran a seguir comprando estos tipos de productos de lujo.
En resumidas cuentas, este segundo ejemplo indica que aunque se aumentó un impuesto indirecto, quien evidentemente resultó pagando el aumento del impuesto no fue el consumidor final sino la empresa, ya que la empresa disminuyó su margen de beneficios para que el precio del consumidor se mantuviera igual.
 
Finalmente y a modo de conclusión, ¿qué queremos decir con todo esto? Llamar la atención a que decir “aumentar el Impuesto sobre la renta a los ricos es lo justo” y  “aumentar el Itbis u otro impuesto indirecto es un abuso contra los pobres” no se está expresando un criterio con propiedad ni necesariamente cierto, el tema es más complejo y comprender el concepto de elasticidad es vital para entender quién verdaderamente paga los impuestos.
 
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[1] Mankiw, N. Gregory; Principios de Economía; Sexta edición; parte II, cap.5, pág.90
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